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Solicite su Certificado de Nacimiento, Matrimonio o Defunción sin Complicaciones

Obtener un certificado oficial de nacimiento, matrimonio o defunción es fundamental para diversos trámites legales y personales. Estos documentos son la prueba oficial registrada en el Registro Civil, y pueden ser solicitados por diferentes razones, desde la obtención de un pasaporte hasta la realización de un trámite sucesorio.

Aunque puedes dirigirte directamente al Registro Civil correspondiente para gestionar tu solicitud, esto a menudo requiere tiempo y desplazamientos. Para evitarte estos inconvenientes, te ofrecemos un servicio integral de tramitación. Nos encargamos de todo el proceso por ti, asegurándote una experiencia sin estrés y sin la necesidad de complicarte con el papeleo.

Personalización y Eficiencia en la Obtención de Certificados

Cada tipo de certificado tiene requisitos específicos y documentación que puede variar según el trámite que necesites realizar. Visita la sección específica en nuestra web o ponte en contacto con nosotros para obtener toda la información necesaria. Nuestro equipo se especializa en gestionar estos trámites de manera eficiente, para que tú no tengas que preocuparte por nada.

¿Ventajas de Elegir Nuestro Servicio de Certificados?

Con nuestra experiencia y dedicación, podemos ofrecerte un servicio rápido, confiable y completamente personalizado. Dejamos todo listo para que tú solo te enfoques en lo que realmente importa. Inicia tu solicitud hoy mismo y deja que nosotros nos encarguemos de todo lo demás.

Todo lo que Necesitas Saber sobre el Certificado de Nacimiento

¿Qué es y para qué sirve?

  1. Documento Oficial y Electrónico
    • El certificado de nacimiento es un documento fundamental emitido por el Encargado del Registro Civil o Consular. Este documento oficial certifica el hecho del nacimiento, incluyendo detalles clave como la fecha, el sexo del recién nacido y, cuando es aplicable, la hora exacta en que ocurrió. Además, establece la filiación del inscrito, asegurando que todos los datos relevantes quedan debidamente registrados.
  2. Certificaciones Electrónicas de Nacimiento
    • Hoy en día, también es posible obtener certificaciones electrónicas de nacimiento. Estas certificaciones, avaladas con el sello electrónico de la Dirección General de los Registros y del Notariado, se generan a partir de la información almacenada en la base central de datos de las personas inscritas en los Registros Civiles. Este método garantiza rapidez y comodidad, sin comprometer la seguridad y autenticidad del documento.

¿Qué tipos de Certificados de Nacimiento existen?

Al solicitar un certificado de nacimiento, es importante conocer los diferentes tipos de certificaciones disponibles. Estos certificados pueden ser positivos o negativos, dependiendo de la información que se requiera.

  • Certificado Positivo
    1. Extracto: El certificado de nacimiento en extracto es un resumen de la información registrada en el Registro Civil sobre el hecho del nacimiento. Existen varios tipos de extractos:
      • Ordinario: Este extracto se expide en lengua castellana y es válido en aquellas comunidades autónomas donde el castellano es el único idioma oficial.
      • Internacional o Plurilingüe: Diseñado para tener validez en los países que han ratificado el Convenio de Viena del 8 de septiembre de 1976. Este certificado se emite en el idioma oficial de todos los países firmantes, incluyendo España, Alemania, Austria, Bélgica, Croacia, Eslovenia, Francia, Italia, Luxemburgo, Portugal, Suiza, Turquía, entre otros.
      • Bilingüe: Cuando se solicita un extracto en una Comunidad Autónoma con idioma oficial propio, se emitirá tanto en castellano como en el idioma oficial de dicha comunidad.
    2. Literal: El certificado literal es una copia exacta de la inscripción de nacimiento, que incluye todos los datos relacionados con la identidad y el nacimiento del inscrito.
  • Certificado Negativo: Este tipo de certificado acredita que una persona no está inscrita en un determinado Registro Civil.
  • Certificación con Sello Electrónico: Esta certificación, avalada con el sello electrónico de la Dirección General de los Registros y del Notariado, acredita los datos almacenados en los registros informatizados y digitalizados de la base central de datos. Se emite para inscripciones realizadas a partir del 1 de enero de 1950 en los Registros Civiles Municipales o en el Registro Civil Central. No se puede expedir para inscripciones anteriores a 1950 o aquellas realizadas en Registros Civiles delegados o Consulares.

Información Incluida en las Certificaciones de Nacimiento

Las certificaciones de nacimiento contienen detalles esenciales que garantizan la autenticidad y validez del documento. A continuación, se describen los elementos que constarán en cada certificación:

  1. Registro de Procedencia:
    • Municipales: Se especificará el término y la provincia correspondientes.
    • Consulares: Se indicará la población y el Estado donde se realizó la inscripción.
  2. Identidad del Inscrito:
    • Se incluirán todos los datos personales que figuren en la inscripción, reflejando la identidad del titular del certificado.
  3. Detalles del Asiento:
    • Se mencionará la página y el tomo del asiento registrado, o en su caso, el folio y legajo correspondiente, asegurando la correcta localización del registro.
  4. Datos del Emisor:
    • La certificación incluirá la fecha de emisión, el nombre y la firma del Encargado o del Secretario que la certifique, junto con el sello oficial de la oficina emisora.
  5. Certificaciones con Sello Electrónico:
    • Para las certificaciones electrónicas emitidas por la Dirección General de los Registros y del Notariado, se incluirá un código seguro de verificación. Este código permite validar el contenido del documento a través del procedimiento de verificación especificado, junto con la fecha de expedición del documento.

¿Quién puede solicitar o presentar un Certificado de Nacimiento?

  • Interés en la Información del Registro Civil o Consular:
    El interés en conocer los asientos de los Registros Civiles o Consulares se presume en quienes solicitan un certificado. Sin embargo, existen situaciones en las que se requiere autorización especial para acceder a cierta información. No se dará publicidad en los siguientes casos sin dicha autorización:
    • Filiación adoptiva, desconocida o con circunstancias sensibles:
      En estos casos, se protege la privacidad relacionada con la filiación adoptiva, filiación desconocida o cualquier circunstancia que revele estos detalles, como el cambio de apellidos “Expósito” u otros similares.
    • Rectificación de sexo:
      La autorización para acceder a estos datos será otorgada únicamente por el juez encargado y solo a quienes demuestren un interés legítimo y una razón justificada. La certificación incluirá el nombre del solicitante, el propósito para el cual se emite, y la autorización expresa del encargado. En el registro a su cargo, el encargado expedirá la certificación personalmente.
    • Cambio de apellidos en casos de violencia de género o situaciones urgentes:
      En estos casos, también se restringe el acceso a la información para proteger la privacidad de las personas afectadas.
  • Certificaciones Electrónicas con Sello de la Dirección General de los Registros y del Notariado:
    El interés en conocer los asientos de los Registros Civiles o Consulares se presume en quienes solicitan un certificado. Sin embargo, existen situaciones en las que se requiere autorización especial para acceder a cierta información. No se dará publicidad en los siguientes casos sin dicha autorización:

Importante: No es posible obtener información registral de otras personas mediante este procedimiento. Por lo tanto, este trámite NO puede realizarse a través de www.registrocivil.es.

¿Cómo Solicitar o Presentar un Certificado de Nacimiento?

Puedes gestionar la solicitud de tu certificado de nacimiento de manera sencilla a través de nuestra página web. Para hacerlo, simplemente sigue el siguiente enlace:

Si prefieres realizar la gestión directamente, puedes hacerlo de las siguientes maneras:

  1. Presencialmente:
    Dirígete al Registro Civil correspondiente en tu localidad para realizar la solicitud en persona.
  2. Por Correo Postal:
    Envía tu solicitud por correo postal al Registro Civil correspondiente siguiendo las instrucciones especificadas en su página web.
  3. Telemáticamente:
    Si el Registro Civil está informatizado, puedes realizar el trámite en línea. Para más detalles y acceder a los servicios telemáticos, visita la página web del Ministerio de Justicia en www.mjusticia.gob.es.

Para cualquier duda o asistencia adicional, no dudes en contactarnos.

Todo lo que Necesitas Saber sobre el Certificado de Matrimonio

¿Qué es un Certificado de Matrimonio?

El certificado de matrimonio es un documento oficial emitido por el Encargado del Registro Civil. Este certificado valida el acto del matrimonio, incluyendo detalles esenciales como la fecha, la hora y el lugar en que se celebró el matrimonio, conforme al artículo 69 de la Ley del Registro Civil.

Además, se pueden obtener certificaciones electrónicas de matrimonio, que cuentan con el sello electrónico de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Estas certificaciones se generan a partir de los datos registrados en la base central de datos de los Registros Civiles, proporcionando una opción digital segura y eficiente para obtener la información necesaria.

Modalidades del Certificado de Matrimonio

Existen diversas modalidades para obtener el certificado de matrimonio, cada una adaptada a diferentes necesidades y situaciones:

  • Certificado Positivo
    1. Extracto: El extracto es un resumen de la información registrada en el Registro Civil sobre la celebración del matrimonio y la identidad de los contrayentes. Se puede emitir en varios formatos:
      • Ordinario: Expedida en lengua castellana para las Comunidades Autónomas donde el castellano es el único idioma oficial.
      • Internacional o Plurilingüe: Destinado a ser utilizado en los países que han ratificado el Convenio de Viena del 8 de septiembre de 1976. Este certificado se emite en el idioma oficial de todos los países firmantes, incluyendo España, Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia, Croacia, Eslovenia, Francia, Italia, Luxemburgo, Macedonia, Países Bajos, Portugal, Suiza, Turquía, Serbia y Montenegro.
      • Bilingüe: Para las Comunidades Autónomas con un idioma oficial propio, el extracto se emite en castellano y en el idioma oficial de la comunidad autónoma correspondiente.
    2. Literal: Una copia literal de la inscripción de matrimonio que incluye todos los detalles de la celebración, la identidad de los contrayentes y las anotaciones marginales, como el régimen económico matrimonial, separación, nulidad o divorcio.
  • Certificado Negativo
    1. Este certificado acredita que el matrimonio no está registrado en el Registro Civil correspondiente.
  • Certificación Electrónica con Sello Oficial
    1. Las certificaciones electrónicas con el sello de la Dirección General de los Registros y del Notariado sirven para validar los datos almacenados en los registros informatizados y digitalizados. Se emiten para asientos de matrimonio registrados a partir del 1 de enero de 1950 en los Registros Civiles Municipales o en el Registro Civil Central. No se expiden certificaciones electrónicas para asientos anteriores a 1950 o para registros realizados en Registros Civiles delegados (jueces de paz) o Consulares.

¿Quiénes pueden solicitar el Certificado de Matrimonio?

  1. Requisitos para la Solicitud

Cualquier ciudadano puede solicitar un certificado de matrimonio, siempre que tenga un interés legítimo, salvo las excepciones legales que requieren autorización especial. No se dará publicidad en los siguientes casos sin dicha autorización:

  • Filiación Adoptiva o Desconocida:
    Esto incluye la filiación adoptiva o circunstancias que revelen detalles de filiación no matrimonial. También se excluye la fecha del matrimonio si esta figura en el folio de nacimiento y el matrimonio es posterior al nacimiento o se celebró en los 180 días previos al alumbramiento.
  • Cambio de Apellidos:
    No se proporcionará información relacionada con el cambio de apellidos “Expósito” u otros análogos que puedan causar inconvenientes.
  • Causas de Nulidad, Separación o Divorcio:
    Información sobre las causas de nulidad, separación o divorcio de un matrimonio, así como sobre la privación o suspensión de la patria potestad, está restringida.
  • Documentos Archivados:
    Esto incluye documentos relacionados con las circunstancias deshonrosas o que forman parte de expedientes con carácter reservado.
  • Legajo de Abortos:
    Información sobre abortos no está disponible sin autorización.

La autorización para acceder a estos datos debe ser otorgada por el juez encargado y solo a quienes puedan demostrar un interés legítimo y razones fundamentadas. La certificación incluirá el nombre del solicitante, el propósito para el que se emite y la autorización expresa del Encargado, quien expedirá la certificación directamente en el registro a su cargo.

  1. Certificaciones Electrónicas

Las certificaciones electrónicas emitidas con el sello de la Dirección General de los Registros y del Notariado solo pueden ser solicitadas por el titular de los datos, quien debe identificarse mediante DNI electrónico u otros sistemas de firma electrónica avanzada aceptados por las Administraciones Públicas. Estas certificaciones se refieren a los asientos de matrimonio digitalizados o informatizados registrados a partir del 1 de enero de 1950.

Nota Importante: No es posible obtener información sobre datos registrales de otras personas mediante este procedimiento.

Cómo Solicitar tu Certificado de Matrimonio

Puedes solicitar tu certificado de matrimonio de manera cómoda a través de nuestra página web. Para iniciar el trámite, utiliza el siguiente enlace:

También tienes la opción de gestionar tu solicitud directamente en el Registro Civil correspondiente. Puedes hacerlo de las siguientes maneras:

  1. Presencialmente:
    Visita el Registro Civil en tu localidad para realizar la solicitud en persona.
  2. Por Correo Postal:
    Envía tu solicitud por correo postal al Registro Civil adecuado siguiendo las indicaciones disponibles en su sitio web.
  3. Telemáticamente:
    Si el Registro Civil está informatizado, puedes gestionar la solicitud en línea. Para más detalles sobre cómo realizar el trámite en línea, visita la página web del Ministerio de Justicia en www.mjusticia.gob.es.

Para cualquier pregunta adicional o asistencia, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Todo lo que Necesitas Saber sobre el Certificado de Defunción

Certificado de Defunción: Información y Solicitud

El certificado de defunción es un documento oficial que certifica el fallecimiento de una persona. Este documento incluye detalles clave como los datos del fallecido, así como el lugar, la fecha y la hora del fallecimiento, entre otros datos relevantes.

El certificado de defunción es esencial para diversos trámites, tales como:

  • Preparación del entierro y funeral.
  • Gestión de pensiones y prestaciones sociales.
  • Trámites legales relacionados con herencias.
  • Cobro de seguros de vida.
  • Asuntos bancarios y liquidación de deudas.

Modalidades del Certificado de Defunción

Existen varias modalidades para obtener un certificado de defunción, cada una adaptada a diferentes necesidades y situaciones. Aunque el certificado positivo literal es el más común y generalmente requerido, aquí se describen las distintas opciones disponibles:

  • Certificados Positivos
    1. Extracto:
      Un resumen conciso de la información registrada sobre el fallecimiento en el Registro Civil. Los extractos pueden ser de los siguientes tipos:
      • Ordinario:
        Emitido en lengua castellana, disponible para aquellas Comunidades Autónomas donde el castellano es el único idioma oficial.
      • Internacional o Plurilingüe:
        Diseñado para ser utilizado en países que han ratificado el Convenio de Viena del 8 de septiembre de 1976. Este certificado se expide en los idiomas oficiales de todos los países firmantes del convenio, incluyendo España, Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia, Croacia, Eslovenia, Francia, Italia, Luxemburgo, Macedonia, Países Bajos, Portugal, Suiza, Turquía, Serbia y Montenegro.
      • Bilingüe:
        En Comunidades Autónomas con un idioma oficial adicional, el extracto se emite en castellano y en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente.
    2. Literal:
      Una copia exacta de la inscripción de defunción, que incluye todos los detalles sobre la identidad del fallecido y las circunstancias del fallecimiento.
  • Certificados Negativos
    1. Estos certificados acreditan que no hay registro del fallecimiento de una persona en el Registro Civil correspondiente. Son útiles para confirmar la inexistencia del registro en caso de dudas o errores.

¿Quiénes pueden presentar la solicitud del Certificado de Defunción?

El certificado de defunción puede ser solicitado por cualquier ciudadano que tenga un interés legítimo, salvo en los casos que están sujetos a restricciones legales. A continuación se detallan las excepciones que impiden la divulgación de información sin una autorización especial:

  1. Filiación Adoptiva o Desconocida:
    No se publicará información sobre filiación adoptiva, no matrimonial o desconocida, o circunstancias que revelen dichos detalles. Esto incluye la fecha del matrimonio si figura en el folio de nacimiento y el matrimonio es posterior a este o se celebró en los 180 días previos al alumbramiento. También se excluye información sobre cambios de apellidos como “Expósito” u otros similares que puedan causar inconvenientes.
  2. Rectificación del Sexo:
    La información relativa a la rectificación del sexo está restringida y solo se divulga con autorización especial.
  3. Causas de Nulidad, Separación o Divorcio:
    Se limita el acceso a información sobre las causas de nulidad, separación o divorcio de un matrimonio, así como sobre la privación o suspensión de la patria potestad.
  4. Documentos Archivados:
    Esto incluye documentos que contienen información sobre los casos mencionados anteriormente, así como detalles deshonrosos o que forman parte de expedientes con carácter reservado.
  5. Legajo de Abortos:
    La información relacionada con abortos también está sujeta a restricciones y solo se divulga bajo circunstancias específicas con la debida autorización.

En estos casos, la autorización debe ser otorgada por el juez encargado y solo a quienes puedan demostrar un interés legítimo y razones fundamentadas para acceder a esta información. La certificación incluirá el nombre del solicitante, el propósito para el que se expide y la autorización expresa del Encargado, quien emitirá la certificación en el registro correspondiente.

Cómo Solicitar tu Certificado de Defunción

Puedes solicitar tu certificado de defunción de manera sencilla a través de nuestra página web. Para iniciar el proceso, utiliza el siguiente enlace:

  • Formulario de Solicitud de Certificado de Defunción También tienes la opción de gestionar tu solicitud directamente en el Registro Civil correspondiente de las siguientes maneras:
    1. Presencialmente:
      Acude al Registro Civil en tu localidad para realizar la solicitud en persona.
    2. Por Correo Postal:
      Envía tu solicitud por correo postal al Registro Civil adecuado siguiendo las instrucciones disponibles en su sitio web.
    3. Telemáticamente:
      Si el Registro Civil está informatizado, puedes realizar la solicitud en línea. Para más detalles sobre cómo proceder, visita la página web del Ministerio de Justicia en www.mjusticia.gob.es.

Para cualquier duda adicional o asistencia, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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